Qué niveles de seguridad nos impone el Reglamento?
El RD 994/1999 por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad establece tres niveles de seguridad o niveles de protección de los ficheros según la naturaleza de los datos incluidos en los ficheros, estos tres niveles son: BÁSICO, MEDIO y ALTO.
NIVEL BÁSICO
Tipo de datos:
Nombre
Apellidos
Direcciones de contacto
Teléfonos
Otros
Medidas de seguridad:
Documento de seguridad.
Régimen de funciones y obligaciones del personal.
Registro de incidencias.
Identificación y Autentificación de usuarios.
Control de acceso.
Gestión de soportes.
Copias de respaldo y recuperación.
NIVEL MEDIO
Tipo de datos:
Comisión infracciones penales.
Comisión infracciones administrativas.
Información de Hacienda Pública.
Información de servicios financieros.
Información que contenga un conjunto de datos de carácter personal suficientes que permitan obtener una evaluación de la personalidad del individuo.
Medidas de seguridad:
Medidas de seguridad de nivel básico.
Responsable de Seguridad.
Auditoría bianual.
Medidas adicionales de Identificación y autenticación de usuarios.